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VENTAJAS DEL ARBITRAJE

19Para tener un panorama más amplio y reforzar el tema de arbitraje nacional e internacional, creo conveniente señalar de manera específica cuáles son las ventajas de esta forma de resolución de conflictos, esto, en el entendido de que el arbitraje es el medio que optan utilizar las partes que se encuentran en  algún supuesto controvertido, y deciden resolverlo a través del arbitraje en lugar de la vía judicial.

De esta manera tenemos como ventajas las siguientes:

  • Es considerado un foro neutral: cuando un contrato presenta elementos internacionales, es muy habitual someter la resolución de cualesquiera disputas contractuales a arbitraje, para que ninguna de las dos partes se vea sometida a los tribunales de justicia del país del que es originaria una de las partes. Así, el arbitraje ofrece sin duda un foro neutral para resolución de disputas, mucho menos vinculado a los órganos judiciales de un país en concreto.
  • La especialización de los árbitros: las partes pueden nombrar árbitros especialistas en la materia objeto de la disputa, asegurándose así una resolución de alta calidad técnica.
  • La disponibilidad de los árbitros: ante una situación de acumulación de asuntos en los tribunales ordinarios, con poca disponibilidad de tiempo por parte de los jueces, los árbitros tienen más disponibilidad para estudiar y conocer del asunto que les es sometido, por lo que su decisión podrá estar mejor fundada y ser de mejor calidad técnica.
  • La predictibilidad: sobre todo en situaciones de internacionalidad, con elemento extranjero, el sometimiento a arbitraje ayuda a simplificar el método de resolución de disputas, que es conocido de antemano por las partes, sin necesidad de estudiar las particularidades del sistema judicial del concreto país al que las partes tendrían que dirigirse en ausencia del sometimiento a arbitraje.
  • La celeridad: el arbitraje conduce generalmente a una resolución de la disputa en un periodo más breve que los procesos judiciales.
  • La confidencialidad: frente al principio general de publicidad de los procesos judiciales, en arbitraje las partes pueden optar por la absoluta confidencialidad de todo el procedimiento, por lo que la resolución de la disputa no tiene ninguna repercusión pública.
  • El antiformalismo y la flexibilidad: las partes tienen amplias facultades para diseñar el tipo de procedimiento que más se adapte a sus necesidades en función de las características de la disputa, lo que permite controlar los costes y la duración del mismo. Esta flexibilidad incluye libertad de elección del idioma del procedimiento.
  • La elección del número de árbitros: las partes pueden pactar un árbitro único o un tribunal arbitral compuesto por varios árbitros (habitualmente, en número de tres) en función de la complejidad de la controversia.
  • El mantenimiento de las relaciones comerciales: un proceso rápido y confidencial suele minimizar el enfrentamiento entre las partes, facilitando así el mantenimiento de presentes y futuras relaciones comerciales. Este efecto puede verse reforzado si se consigue una salida negociada de la controversia mediante una fase previa de negociación o mediación.
  • El carácter tasado del sistema de impugnación: los laudos no pueden ser objeto de recurso. Contra ellos solo cabe una demanda de anulación por motivos formales y tasados, y los jueces españoles, con carácter general, no revisarán la decisión que sobre el fondo de la disputa hayan tomado los árbitros.
  • Ejecutabilidad: los laudos son ejecutables de forma equiparable a una sentencia, y no solo en el país en que se dictan. Gracias al amplísimo número de Estados que son miembros de la Convención de Nueva York de 1958 sobre reconocimiento y ejecución de laudos extranjeros, el laudo que se dicte podrá ser reconocido y ejecutado en cualquiera de estos Estados.

Como podemos apreciar, el someter una controversia comercial al arbitraje, tiene muchas ventajas, como el saber que el conflicto lo estarán tratando personas especialistas en la materia,  el hecho de que será resuelto lo más pronto posible, que el procedimiento es más confiable y que los laudos no pueden ser impugnados, entre otras cuestiones, por lo que, fuera de ser un procedimiento enredoso para algunos, para la mayoría, es lo más adecuado, sencillo y eficaz.

Fuentes:

Cuatrecasas, Goncalves Pereira. [En línea].(2011).  El arbitraje ¿qué es y cuáles son sus ventajas e inconvenientes? [Fecha de consulta: 04 de diciembre del 2013].
Disponible en: http://www.icex.es/icex/wcm/idc/groups/public/documents/documento_anexo/mde0/mjkx/~edisp/dax2014291090.pdf

Arbitraje Comercial Internacional. [En línea].  [Fecha de consulta: 04 de diciembre del 2013].

Disponible en: http://www.arbitrajecomercial.com/BancoFAQ/V/ventajas/ventajas.asp?CodSeccion=6

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